Inspección Técnica de Edificaciones (ITE/ITC)
LEY DE MEDIDAS FINANCIERAS
b. Beneficios fiscales para obras de rehabilitación y mejora de viviendas
La Ley 19/2010, de 22 de diciembre, de Medidas Financieras y de Creación del Ente Público Agencia de Innovación y Financiación Empresarial de Castilla y León, es un complemento adecuado a la regulación de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2011.
La ley contiene tres medidas tributarias por las que se conceden benecios fiscales a las OBRAS DE REHABILITACIÓN Y MEJORA DE VIVIENDAS.
MODIFICACIÓN DE LA DEDUCCIÓN POR OBRAS EN INSTALACIONES MEDIOAMBIENTALES.
El Artículo 12 de la Ley de Medidas Financieras es una modicación del artículo 9 bis del Texto refundido de disposiciones tributarias de la Comunidad de Castilla y León.
En el Artículo 9 bis se establece una deducción del 5 % de las inversiones realizadas en la rehabilitación de viviendas situadas en la Comunidad de Castilla y León que constituyan o vayan a
constituir la vivienda habitual.
Con el artículo 12 se introducen fundamentalmente 2 modicaciones:
- AUMENTO de la DEDUCCIÓN de un 5% a un 10%.
- Incorporación a las obras que otorgan el derecho a la deducción, de las actuaciones de ADECUACIÓN DE LA VIVIENDA A DISCAPACITADOS
ARTICULO 12.- Modificación del artículo 9 bis del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado.
|
|
EXTRACTO |
Se modifica el artículo 9 bis del Texto Refundido de las Disposiciones Legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de Tributos cedidos por el Estado, que queda redactado en los siguientes términos:
|